Viviendas en régimen de cooperativa

El mercado inmobiliario en España ha visto un auge del régimen de cooperativa de viviendas, llegando a gestionar más de 11.000 viviendas en 2021. Esto supone un crecimiento del 70% desde la entrada del régimen de cooperativa en el país en 2016.

¿Qué significa viviendas en régimen de cooperativa?

Como ocurre en las empresas, una cooperativa es una unión de varias personas que tienen intención de desempeñar una actividad empresarial conjuntamente. Si lo trasladamos al sector inmobiliario, las viviendas en régimen de cooperativas es la agrupación de varios inmuebles.

Las viviendas cooperativas funcionan gracias a la colaboración de todos los socios involucrados en el desarrollo de esta actividad. El funcionamiento es sencillo; las personas buscan un terreno y una constructora que realice el proyecto, además de contratar una empresa gestora que lleve los trámites administrativos.

Las personas menores de 35 años muestran un mayor interés por esta modalidad a la hora de comprar un inmueble, ya que los costes de adquirir una vivienda en régimen de cooperativa pueden reducirse hasta un 20%.

¿Qué impuestos paga una cooperativa de viviendas?

Una de las ventajas que presenta el régimen de cooperativa de viviendas son los beneficios fiscales, pues son sociedades sin ánimo de lucro que buscan construir casas a precio de coste.

A las cooperativas de viviendas solo se les aplica un Impuesto de Sociedades del 20% y cuentan con una bonificación del 95% en el Impuesto de Actividades Económicas. Por otro lado, este tipo de régimen no debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en los actos de constitución, fusión y escisión, ampliación de capital ni en la cancelación de los préstamos.

Además, las cooperativas de viviendas tienen acceso a un sistema de compensación de las cuotas negativas con las positivas de los ejercicios posteriores. El porcentaje máximo varía y puede alcanzar hasta el 70%.

Ventajas del socio cooperativista

El régimen de cooperativa de viviendas también trae ventajas fiscales para el socio cooperativista con beneficios como:

  • Disminución de las aportaciones de los socios al capital social en su calidad de co-promotores.
  • Desgravación de las aportaciones económicas a cuenta de su vivienda en la Declaración de la Renta.

¿Cómo liquidar una cooperativa de viviendas?

La paralización o finalización de la actividad de una cooperativa de viviendas se puede disolver por diferentes motivos:

  • Por el cumplimiento del plazo fijado en los Estatutos de la sociedad.
  • Por acuerdo de la Asamblea General, adoptado por mayoría de los dos tercios de los socios presentes y representados.
  • Por la paralización de la actividad cooperativizada durante dos años sin causa justificada que imposibilite su funcionamiento.
  • Por la reducción del número de socios, bajo el mínimo establecido, sin que se restablezcan antes del periodo de un año.
  • Por la fusión, absorción o escisión total del régimen cooperativo.

Una vez disuelta la cooperativa, se abre un periodo de liquidación cuyas tareas las asigna la Asamblea General. Este organismo designará entre los socios, por mayoría de votos, a los liquidadores en número impar. El nombramiento se deberá inscribir en el Registro de Sociedades Cooperativas.