Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)

Dentro del sistema tributario español, hay un tributo que grava la posesión o titularidad de los bienes inmuebles que se conoce como Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

¿Qué es el IBI?

El IBI o Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un impuesto directo y real que recae sobre la persona sin intermediarios. Se consideran bienes inmuebles las viviendas, fincas, parcelas y propiedades que han sido construidas en el suelo y no pueden moverse del sitio.

Los impuestos sobre bienes inmuebles son municipales y la cantidad que se cobra corresponde al ayuntamiento de cada localidad, de forma anual o semestral. No obstante, la administración se realiza de manera conjunta con el Estado.

¿Cómo se regula el IBI?

El marco legal que regula el IBI es la Ley Reguladora de Haciendas Locales, 2/2004, en los artículos 60 a 77 y por las normativas fiscales locales.

Otras normas que regulan los impuestos sobre bienes inmuebles son:

  • Ley de Catastro Inmobiliario
  • Ley General Tributaria
  • Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y su reglamento
  • Real Decreto-ley 20/2011 de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

¿Cómo se calcula el IBI?

Para calcular la cuota final del IBI a pagar se deben realizar las siguientes operaciones: cuota íntegra, cuota líquida y recargos.

El Ayuntamiento de cada municipio se encarga de fijar el total del IBI y de establecer las posibles bonificaciones. Para calcularlo, se parte del valor catastral del inmueble que viene inscrito en la Dirección General del Catastro. Sobre la base del valor catastral se aplica un coeficiente decidido por cada Ayuntamiento.

Los coeficientes de los inmuebles urbanos oscilan entre el 0,4% y el 1,3%. Por otro lado, los de los inmuebles rurales rondan el 0,3% y el 0,9%.

En las viviendas de protección oficial (VPO), el impuesto sobre bienes inmuebles puede reducirse hasta un 50% durante los tres periodos impositivos siguientes al otorgamiento de esta calificación.

Calcular la cuota íntegra

El cálculo de la cuota íntegra resulta de aplicar a la base imponible el gravamen previsto por ley. La base imponible es el valor catastral del bien y está fijado por la Administración en base a algunos parámetros.

Calcular la cuota líquida

Según el artículo 71.2 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, la cuota líquida se obtendrá minorando la cuota íntegra en el importe de las bonificaciones previstas legalmente.

¿Quién tiene que pagar el IBI?

El impuesto sobre bienes inmuebles deben pagarlo todos los titulares de algún inmueble, aunque hay algunas excepciones. Están exentos del pago del IBI:

  • Los inmuebles propiedad del Estado, Comunidades Autónomas o corporaciones locales (ayuntamiento, diputación, cabildo)
  • La Cruz Roja
  • Inmuebles destinados a Defensa
  • Bienes propiedad de la Iglesia Católica y otras asociaciones confesionales reconocidas legalmente
  • Inmuebles considerados patrimonio histórico
  • Sedes diplomáticas