Nuda propiedad y usufructo

En el sector financiero y en el mundo de los préstamos existe toda una serie de términos específicos como la nuda propiedad y el usufructo. Estos dos conceptos están asociados a la pertenencia de propiedades y los derechos del uso que pueden hacerse de ellas. Veamos qué son y en qué se diferencian.

¿Qué es la nuda propiedad?

El derecho de una persona sobre un bien del que es propietario es lo que se conoce como nuda propiedad. Este individuo, llamado nudo propietario, únicamente tiene derecho de propiedad, pero no tiene ningún derecho de uso o disfrute de la misma.

¿Qué es el usufructo?

Por el contrario, el derecho de goce, uso y disfrute sobre una propiedad es lo que se denomina usufructo. Las personas con usufructo se llaman usufructuarios. Es decir, la nuda propiedad y el usufructo son derechos diferentes, aunque ambos recaen sobre un mismo bien.

El derecho a disfrutar de por vida de un bien ajeno, conservando su forma y sustancia, salvo que a ley autorice lo contrario, es lo que se conoce como usufructo vitalicio.

¿Se puede vender la nuda propiedad?

Una de las dudas habituales cuando se tiene una vivienda en usufructo es si se puede vender la nuda propiedad. La respuesta es sí, se puede vender la nuda propiedad con usufructo vitalicio. El comprador se convertirá en nudo propietario, pero sus condiciones no cambiarán respecto a la situación anterior. Quien adquiera la vivienda será su propietario, pero no podrá hacer uso y disfrute de la misma hasta que se extinga el periodo de usufructo.

¿Qué es la nuda propiedad en una herencia?

Cuando una persona fallece y deja en herencia la propiedad de la vivienda familiar, los herederos pasan a heredar la nuda propiedad del inmueble. Sin embargo, si en la vivienda reside otro nudo propietario, el heredero no tiene derecho de usufructo. Este tipo de situaciones suele darse cuando muere uno de los progenitores y los hijos heredan la nuda propiedad de la vivienda familiar.

¿La nuda propiedad se declara en la renta?

En la declaración de la renta se tributa la nuda propiedad en el IRPF del nudo propietario, es decir, debe incluir la propiedad en la declaración e indicar que ostenta únicamente la nuda propiedad.

Por otro lado, si el usufructuario es mayor de 65 años y la propiedad en venta es su vivienda habitual, está exento al 100% en la declaración de la renta. No tiene que pagar impuestos a Hacienda. En el caso de las segundas residencias, estas viviendas están sujetas al pago de impuestos, salvo que el dinero de la compraventa se destine a un seguro de rentas vitalicias.

¿Cómo liquidar la nuda propiedad?

Hay situaciones económicas difíciles que llevan a los propietarios de un bien a negociar, a cambio de dinero, con alguna de sus propiedades e incluso la titularidad de la vivienda. El nudo propietario tiene la potestad de negociar las escrituras en cualquier momento, salvo con las restricciones que pueda imponer el usufructo.