Impuestos y gastos de la compra de una casa en Madrid

Cuando los bancos ofrecen hipotecas, recomiendan a los prestatarios contar con al menos el 20% del valor de tasación del inmueble que se quiere adquirir. De este modo, ese porcentaje que se tiene ahorrado sirve como colchón para hacer frente a todos los gastos e impuestos asociados.

Existen tres gastos principales que van asociados a la compraventa de un piso.

  • Gastos notariales: los honorarios del notario suelen rondar entre 500 y 1.000 euros. La ley establece que deben pagarse entre las dos partes, compradora y vendedora.
  • Registro de la Propiedad: inscribir el inmueble en el Registro es responsabilidad única y exclusiva del comprador y el coste de la inscripción dependerá del valor del inmueble. Cuanto más caro sea el piso, mayor coste supondrá su inscripción.
  • Gastos de gestoría: en el supuesto de contratar a un gestor, lo cual no es obligatorio; los costes de una gestoría por tramitar una compraventa pueden rondar los 300 euros.

A estos gastos hay que sumarles los impuestos que se deben pagar una vez que se formaliza el contrato de compraventa. Sin embargo, es complicado hablar de forma general de impuestos a pagar y cuantías sin tener claro de qué piso se trata y en qué comunidad autónoma está situado.

La ley establece la obligación de pagar diferentes impuestos en función de si el piso es de obra nueva o de segunda mano. Además, cada comunidad autónoma tiene su propia regulación para estos impuestos y su cuantía no es la misma por la compra de una vivienda, por ejemplo, de 150.000 euros en la Comunidad de Madrid que en Galicia.

Impuestos para vivienda de obra nueva en Madrid

Cuando la vivienda es de obra nueva, el comprador debe pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

El IVA aplicado por comprar una vivienda nueva en la Comunidad de Madrid es del 10% sobre el importe escriturado. Con respecto al IAJD, en la capital cuentan con uno de los tipos de IAJD más bajos de toda España. El IAJD de la Comunidad de Madrid es del 0,7%. Este porcentaje contrasta con el de otras comunidades como Aragón donde es del 1,5%.

El plazo para pagar tanto el IAJD como el IVA es de 30 días hábiles desde que se firma el contrato de compraventa. De no abonar las tasas correspondientes, Hacienda puede sancionar con hasta 400 euros.

Impuestos para vivienda de segunda mano en Madrid

Comprar una vivienda de segunda mano implica una transmisión patrimonial. Por ello, el impuesto que grava este tipo de operación es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Con el ITP se sustituye al IVA y al IAJD los cuales se pagan cuando la vivienda es de obra nueva y, además, se da el mismo plazo para pagarlo.

La información relativa al ITP que se aplica en la comunidad autónoma de Madrid está disponible y puede ser consultada por cualquier persona en la página web de la Comunidad de Madrid en el apartado transmisiones patrimoniales onerosas situadas dentro del apartado servicios y atención al contribuyente.

Actualmente el tipo general que se aplica al ITP en Madrid es del 6%. Sin embargo, es posible beneficiarse de un tipo reducido en algunos casos concretos (Datos de la Comunidad de Madrid):

  1. Se aplica un ITP del 4% cuando el comprador sea miembro de una familia numerosa y la vivienda adquirida se vaya a destinar como vivienda habitual de la familia numerosa.
  2. Se aplica un ITP del 2% cuando la transmisión se haga a una empresa que:
  • Que incorpore esta vivienda a su activo circulante con la finalidad de venderla.
  • Que su actividad principal sea la construcción de edificios, la promoción inmobiliaria o la compraventa de bienes inmuebles por cuenta propia.
  • Que la transmisión se formalice en documento público en el que se haga constar que la adquisición del inmueble se efectúa con la finalidad de venderlo.
  • Que la venta posterior esté sujeta a la modalidad de Transmisiones patrimoniales onerosas.
  • Que la totalidad de la vivienda y sus anexos se venda posteriormente dentro del plazo de tres años desde su adquisición.